En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
• En el juicio de ALIMENTOS seguido por NORKIS DEL VALLE GARCIA LOPEZ en contra de GENIXG BILL PIWEN DELGADO, ya identificados, medida preventiva de embargo sobre: TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo o salario, que percibe el demandado GENIXG BILL PIWEN DELGADO, ya identificado, como trabajador al servicio de la empresa P.D.V.S.A, de conformidad con los artículos 137 y 139 del Código Civil, en concordancia con los artículos 748 y 749 del Código de Procedimiento Civil, la cual deberá ser entregada mensual y personalmente a la demandante NORKIS DEL VALLE GARCIA LOPEZ, antes identificada. Asimismo, decreta medida preventiva de embargo sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) sobre las utilidades, y bono vacacional que le .....