En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MASSLY DEL VALLE ROSA TOVAR y JESUS ANTONIO GONZALEZ HERNANDEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.310.415 y V-12.225.886 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 31-07-1997 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Sucre del estado Miranda.