"...PRIMERO: Declarar Parcialmente con lugar la solicitud incoada por la ciudadana KATIUSKA DEL VALLE LIENDO SUAREZ, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro.16.035.535, en beneficio de sus hijos "IDENTIDAD OMITIDA", en virtud que solo se debe estampar en la nota marginal el número de cédula de identidad en las actas de nacimiento de los niños de autos, en razón que el nombre de la madre se encuentra escrito en las referidas partidas de nacimiento como está asentado en los datos filiatorios consignados en el presente asunto. SEGUNDO: Según lo contemplado en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 501 y 502 del Código Civil, se ordena a la Primera Autoridad Civil del Municipio Mariño y al Registrador Principal del estado Nueva Esparta ESTAMPAR la debida nota marginal a fin que se identifique a la ciudadana KATIUSKA DEL VALLE LIENDO SUAREZ, como titular de la Cédula de Identidad Nro.16.035.535 en las actas de n.....