Este Tribunal Segundo de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SUSTITUYE DE OFICIO LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, Y EN SU LUGAR DECRETA MEDIDA CAUTELAR MENOS GRAVOSA a favor del ciudadano ORLANDO RAFAEL FIGUERA ORTIZ, por haber variado las condiciones en que se decretó la privación, en lo que respecta a la presunción razonable de peligro de fuga, por el arraigo en el país del acusado, y la modificación de la calificación jurídica presentada por el Fiscal, que comporta menor pena, por estar incurso en la presunta comisión del delito de Hurto Agravado, previsto en el artículo 452 ordinal 8º del Código Penal, en relación con el artículo 80 y 82 ejusdem, se ordena la presentación periódica del acusado, cada 30 días ante la Oficina del Alguacilazgo, y se ordena expedir la boleta de libertad, una vez, que el acusado q.....