DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONSUMADO el acto procesal de ALLANAMIENTO a la pretensión, realizado por el ciudadano JOSÉ GREGORIO MARQUEZ ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nos. V-7.938.741, en favor de la Sociedad Mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., parte accionante, en consecuencia, se Homologa el presente Convenimiento, quedando de esta manera extinguido el proceso con efectos de Cosa Juzgada.
SEGUNDO: Este Juzgado se abstiene de archivar el expediente, hasta tanto se cumplan con las obligaciones contraídas en el presente juicio.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con él Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.
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