Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DE LA SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Garantísta del Debido Proceso y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley; RESUELVE: PRIMERO: REVISA LA MEDIDA CAUTELAR IMPUESTA, por ser ajustado a derecho el respectivo petitum. SEGUNDO: NIEGA LA SUSTITUCION DE LA MEDIDA CAUTELAR, establecida en el artículo 581 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, solicitada por la Defensa Técnica a favor del adolescente (NOMBRE OMITIDO. ART. 545 LOPNNA), por la Medida Cautelar de las establecida en el artículo 582 de la Ley Especial, por no ser garantía suficiente, aunado a que unas de las constancias de trabajo, específicamente la expedida a la ciudadana ANA MERVA ROMERO BRACHO, titular de la cédula de identidad N°. V-7.978.756, no especifica e.....