Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la inhibición planteada por el DR. ADÁN VIVAS SANTAELLA, en su condición de JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la acción que por FRAUDE PROCESAL, intentara el ciudadano FRANCISCO JOSÉ TARRE BOSCÁN, en contra de los ciudadanos CRISEIDA ÁLVAREZ, ALBERTO SALAS; y GILMA ROSA MEDINA y MIGUEL AUGUSTO OCANDO, estos dos últimos como sucesores de los ciudadanos EDGAR OCANDO RINCÓN y NELIDA IRIS PEÑA, ya todos previamente identificados.