Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de revisión propuesto de oficio en fecha 01 de Marzo de 2007, mediante Resolución N° 124-07, por la ciudadana juez del Tribunal Segundo de Ejecución de esta misma Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el primer aparte del artículo 473 ejusdem. SEGUNDO: MODIFICA la pena impuesta al ciudadano FARID DE ÁNGEL ALMENDRALES, en la sentencia de fecha 31 de Enero de 2000, dictada por el Juzgado Octavo de Juicio Mixto de éste Circuito Judicial Penal, la cual será de NUEVE (09) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 31 de la nueva Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícit.....