1.- SE HOMOLOGA LA TRANSACCION LABORAL celebrada en ocasión del juicio que por Prestaciones Sociales sigue el ciudadano NESTOR DIAZ en contra de la empresa HOCOL VENEZUELA B. (AMBAS PARTES SUFICIENTEMENTE IDENTIFICADAS EN LAS ACTAS PROCESALES), por lo que se le imparte el carácter de cosa juzgada a dicho acuerdo transaccional.
2.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo, por haberlo así pactado las partes.
3.- SE ORDENA dar por terminado el presente asunto y el archivo definitivo del expediente.