PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento hecho por El ciudadano YOELKIS JOSÉ DUNO, parte demandante en la presente causa, con la empresa CONBERCA e impartirle el carácter de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se le imparte el carácter de Cosa juzgada a la empresa demandada CONBERCA.
TERCERO: Se declara TERMINADO el presente procedimiento para la mencionada empresa.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copia certificada de esta sentencia por secretaría, a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil, Numerales 3 y 9 del ar.....