PRIMERO: Declara la procedencia de la Admisión de los Hechos expuesta por los acusados el joven adulto ( SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE Y DEL HOY JOVEN ADULTO ), la cual ha sido expresada libre de coacción y apremio, con la asistencia de su Defensora de confianza y guardando las Garantías Legales y Constitucionales del Debido Proceso, conforme a lo previsto en el articulo 375 del COPP y los artículos 08, 90 y 537 de la LOPNNA.
SEGUNDO: DECLARA LA CULPABILIDAD Y RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE:.al joven adulto (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL HOY JOVEN ADULTO y DEL ADOLESCENTE ), por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS en calidad de autores, previsto y sancionado por el artículo 153 de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. En consecuencia, se procede a DICTAR SENTENCIA CONDENATORIA por estar comprobada la culpabilidad y responsabilidad penal del hoy joven adulto (SE OMITE EL N.....