DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: SE HOMOLOGA, por lo que se le atribuye el carácter de cosa juzgada a la transacción laboral celebrada entre el ciudadano CHARLES ENRIQUE CASTILLA QUINTO, y la Sociedad Mercantil ACUARIO ENTERPRISE, C.A (ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales).
SEGUNDO: SE DECLARA Terminado el presente procedimiento y se ORDENA el archivo definitivo del presente asunto, en tanto se verifica el cumplimiento total de lo acordado por vía transaccional
Publíquese y Regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artícul.....