DECISIÓN
Por todas las razones de Hecho y de Derecho anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra la certificación de accidente de trabajo dictada en fecha 16 de agosto de 2011, interpuesto por el abogado Kamil Salmen Halabi, actuando en representación de la sociedad mercantil SUN SOL VACATION CLUB, C.A. SEGUNDO: Se anula la Certificación del Accidente de Trabajo Nº CMO-C-195-11 dictada en fecha 16 de agosto de 2011, por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Anzoátegui, Sucre y Nueva Esparta del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral, contenida en el Expediente Nº NUE-33-IA-10-047, mediante la cual certifica el accidente de trabajo con ocasión al trabajo. Particípese a la parte accionada de la.....