PRIMERO: SIN LUGAR la acción interpuesta por el ciudadano HENRY JOSÉ PÉREZ ROMERO, en contra de la Empresa CELADORES MARA, C.A., por motivo de cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales. SEGUNDO: No se impone en costas a la parte demandante, ciudadano HENRY JOSÉ PÉREZ ROMERO, conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por haber devengado menos de TRES (03) salarios mínimos, excluido conforme a lo previsto en el artículo 64 del mismo texto adjetivo laboral.