Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada recurrente en contra de la Sentencia de fecha veintidós (22) de enero de 2010, dictada por el Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Zulia, con sede en Maracaibo.
SEGUNDO: Con lugar la Demanda incoada por la ciudadana EGLIS JOSEFINA LUBO CASTILLO en contra de la empresa CORPORACIÓN MEDICA VIDA Y SALUD C.A (MEDISALUD C.A).
TERCERO: Se confirma el fallo apelado.
CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada, conforme al artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabaj.....