Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, autoriza dicho CONVENIMIENTO celebrado por las partes intervinientes en el presente juicio; por la parte actora Sociedad Mercantil PLUMROSE LATINOAMERICANA C.A., con domicilio principal en la ciudad de Caracas, y con sucursal en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, e inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 928, Tomo 3-D, en fecha 25 de octubre de 1951, antes INDUSTRIA ENVASADORA NACIONAL C.A. (IENCA) y cambiada su denominación en virtud del Acta correspondiente a la Asamblea General de Accionista celebrada en fecha 18 de Diciembre de 1992 cuya participación al Registro Mercantil Segundo del Distrito Federal y Estado miranda quedó inscrita el día 11 de enero de 1993, bajo el Nº 61, Tomo 1-A, Sgdo., cuya última reform.....