DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos en la parte motiva de este fallo, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSISTORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia por autoridad de la Ley, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara:
1.- Se declara SIN LUGAR la defensa de fondo alegada por la demandada relativa a la PRESCRIPCIÒN DE LA ACCIÒN.
2.- Sin LUGAR la demanda por cobro de Diferencias de Prestaciones sociales incoada por el ciudadano LENIN NUÑEZ NAVARRO en contra de la Sociedad Mercantil PDVSA PETROLEO Y GAS, S.A.
3.- No hay Condenatoria en Costa dada la Naturaleza del fallo a tenor se de lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
4.- Se Ordena notificar al Procurador General de la República del presente fallo en virtud de lo establecido en el artículo 95 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
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