PRIMERO: Con lugar la Demanda Intentada por TERESA LUGO DE BRITO contra JOSÉ YLDEMARO SÚNICO, ambos plenamente identificados en el encabezamiento de esta sentencia.
SEGUNDO: Resuelto el Contrato de Arrendamiento se condena al Ciudadano JOSÉ YLDEMARO SÚNICO, a pagar las pensiones de arrendamiento que ascienden a un millón doscientos mil bolívares (Bs. 1.200.000).
TERCERO: Hacer entrega del inmueble la Vivienda distinguida con la letra y número: B-2, ubicada en el Sector Genovés de la Ciudad de Porlamar, Jurisdicción del Municipio Mariño, comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos: Norte, En cuarenta y cinco metros (45 mts.), con terrenos que son o fueron indígenas; Sur, En cuarenta y cinco metros (45 mts.), con terrenos que es o fue de Jesús Méndez; Este, En trece metros (13 mts.), con la calle Narváez, Oeste, En trece metros (13 mts.), con terrenos que son o fueron indígenas, de conformidad al artículo 274.
Se condena en costas al demandado por resultar totalmente ven.....