Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por los abogados JOVITO VILLALBA SILVA, Y MARIGELLYS CARMEN ROSAS DÍAZ, actuando en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos SATURNINO ANTONIO ROSAS y OMAR DEL CARMEN DÍAZ DE ROSAS, contra la sociedad mercantil SIGAST, C.A.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la ciudad de La Asunción, a los nueve (9) días del mes de Abril del año Dos Mil Catorce (2.014). Años 203º de la Independencia y 155º de la Federación.