IV
DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de auto presentado por la abogada JEILEN CAMBAR, Defensora Pública Trigésima Octava Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del estado Zulia, en su condición de defensora del ciudadano JOSÉ FRANCISCO CARABALLO PADILLA.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nro. 093-16, dictada en fecha 21.11.2016 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual negó la solicitud de decaimiento de la medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad que recae sobre el referido ciudadano, a quien se le sigue asunto penal por la presunta comisión del delito de ABUSO SEXUAL AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 259.....