Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos MARÍA DEL CARMEN ROJAS MALAVÉ y JUAN CARLOS SÁNCHEZ GONZÁLEZ en fecha veintiséis (26) de junio de dos mil quince (2015), por ante la Unidad de Registro Civil del la Parroquia Libertad, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, tal y como se evidencia de acta de matrimonio No. 64 acompañada a los autos en copia certificada. ASÍ SE DECLARA.-