DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CISCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la solicitud realizada por la Sociedad Mercantil SERVICIOS DE PERSONAL Y ADMINISTRACIÓN, C.A., consistente en medida cautelar de suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa No. 135/16 de fecha 04 de marzo de 2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo del Estado Zulia, mediante la cual se declaró Con Lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por los ciudadanos ANGEL GONZALEZ y LUIS MIGUEL RODRIGUEZ.
SEGUNDO: Como consecuencia de la procedencia de la medida cautelar, se SUSPENDEN los efectos de la mencionada Providencia Administrativa No. 135/16 de fecha 04 de marzo de 2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Maracaibo del Estado Zulia.....