Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los FRANMA JOSEFINA CONIL NAVAS y BORIS DANIEL RIVERA OTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-16.831.013 y V-17.825.109 respectivamente, el día 17 de diciembre del 2010, según se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 64, emanada del Consejo Nacional Electoral, Comisión de Registro Civil y Electoral, del Municipio Simón Bolívar, del Estado Zulia.
2) Así mismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrearon hijos ni adquirieron bienes.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por sec.....