Con respecto a la documentales promovidas en los numerales Primero marcada con la letra "A", Segundo marcada con la letra "B", Tercero marcada con la letra "C", Cuarto marcada con las letras "D", "E", "F", "G", "H", "I", "J", "K", "L", "M", "N", "O", "P", y "Q", y Quinto marcada con la letra "S" del Capítulo II del escrito de pruebas, este Tribunal por cuanto la misma no es manifiestamente ilegal ni impertinente la admite salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
Con respecto a la prueba de informe promovida en el Capítulo III, del escrito de pruebas, este Tribunal por cuanto la misma no es manifiestamente ilegal ni impertinente la admite salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena Oficiar a la Dirección General de Afiliación y Prestación de Dinero del Instituto Venezolano de los Segu.....