DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano JUAN DELGADO en contra del MUNICIPIO SANTA RITA DEL ESTADO ZULIA y se ordena al ente querellado el pago de las prestaciones sociales que le corresponden al querellante por el periodo comprendido entre el 01 de octubre de 1.996 al 14 de diciembre de 1.998, más la compensación por transferencia establecida en el artículo 666 de la Ley Orgánica del Trabajo, más los intereses sobre prestaciones sociales a tenor de lo dispuesto en el artículo 108 literal "c" de la Ley Orgánica del Trabajo; cantidades que serán determinadas mediante experticia complementaria del fallo.
Segundo: Se declara la caducidad de la acción para reclamar el pago de la bonifi.....