Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara DESISTIDO el presente procedimiento de Responsabilidad de Crianza (Custodia) intentado por el ciudadano Franco Coa, plenamente identificado, asistido judicialmente por la Fiscal Octava del Ministerio Público, abogado Angélica Pérez contra la ciudadana Eglis del Valle Moya, plenamente identificado en autos, en los términos expuestos. Se ordena la remisión del expediente al Archivo Judicial a los fines de su resguardo.