PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento solicitado por los ciudadanos JAIME RAFAEL PIÑA Y ROBINSON VILCHEZ OLIVARES, desistiendo de la demanda que inició esta causa en contra de las Empresas DSD-COMPAÑIA GENERAL DE INDUSTRIAS, C.A y solidariamente PEQUIVEN, S.A, por concepto de Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
SEGUNDO: Se le imparte el carácter de Cosa juzgada al presente juicio.-
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se ordena expedir copia certificada de esta sentencia por secretaría, a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordan.....