Por todo lo antes expuesto, y con fundamento en los elementos de convicción presentados, éste Tribunal Primero de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Impone Medida Cautelar Sustitutiva, al ciudadano JUAN GABRIEL AGUILAR HERRERA, antes identificado, por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y Medida de Protección y de Seguridad, a favor de la víctima MARIA YANETH SULBARAN. Todo de conformidad con el artículos 92, numerales 2 y 8 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 87, numerales 3, 5 y 6 eiusdem. Ofíciese lo conducente a la Dirección del Retén de esta localidad. Devuelvase las actuaciones a la Fiscalía Vigésima.....