Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA SEGUNDA (2°) DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la inhibición presentada por el profesional del derecho Abog. Mario Antonio Herrera Apalmo, en su carácter de Juez Provisorio adscrito al Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Extensión Villa del Rosario de Perijá, mediante la cual se inhibe del conocimiento del asunto penal Nº 1C-20712-22, seguida en contra del ciudadano Argenis José Chirinos Fernández por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Intencional A Titulo De Dolo Eventual, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal, en armonía con la Sentencia 490 de fecha 12-04-2011 del Tribunal Supremo de Justicia Sala Constitucional con Ponencia del Dr Francisco Antonio Carrasqueño, co.....