Por los hechos y fundamentos legales antes explanados, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, en el juicio que por NULIDAD DE CONTRATO, fue incoada por la ciudadana ANTONIA TURBAY HERNANDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.059.995, abogada en ejercicio e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 76.556, en contra del ciudadano ALBERTO JAVIER TURBAY HERNANDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.826.632, DECLARA:
ÚNICO: INADMISIBLE la demanda de NULIDAD DE CONTRATO, incoada por la ciudadana ANTONIA TURBAY HERNANDO, en contra del ciudadano ALBERTO JAVIER TURBAY HERNANDO, todos antes identificados, en virtud de haberse evidenciado la PÉRDIDA O DECAIMIENTO DEL INTERÉS PROCESAL.