IV.- Dispositivo.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos JEIMAR CELINA DUARTE SOTO y JOSE MANUEL ZAMBRANO URDANETA, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad Nos. V- 22.251.372 y V- 18.396.576, con números telefónicos: 0424-683-4907 y 0412-426-6395, correos electrónicos: jeimar_duarte@hotmail.com y margeiresoto@gmail.com, domiciliados en jurisdicción del municipio Maracaibo del estado Zulia, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha cuatro (04) de Julio de 2013, ante la Unidad de Registro Civil de la Pa.....