III
DISPOSITIVO
Este TRIBUNAL DÉCIMO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los
artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara: CON LUGAR la solicitud de
DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO propuesta por los ciudadanos YAMELIS DEL CARMEN
PEREZ VILLASMIL y NOLBERTO JOSE BORJAS VILLALOBOS, venezolanos, mayores de edad,
titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.441.650 y V-11.455.464, respectivamente, domiciliados
en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, fundamentado en el supuesto del mutuo consentimiento
establecido en la sentencia No. 693 de fecha dos (02) de junio de 2015, dictada por la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; en consecuencia, se declara disuel.....