Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, en atención a lo establecido en la Sentencia No. 12.1163, de fecha 02-06-2015, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos CINDY KAROLINA BARRIOS MOLERO y YOELVIS JOSE PERCHE VILLALOBOS, el día Diecinueve (19) de marzo del dos mil quince (2015), por ante la primera autoridad civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo Estado Zulia, según copia certificada de Registro de Matrimonio No. 64, que riela en actas.- Así se decide.-