Por cuanto la misma se observa desde el día 10 de junio de 2013, fecha en la cual fue notificado el ciudadano ALEXIS JOSÉ CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.543.576, de su destitución como funcionario del Instituto Neoespartano de Policía (INEPOL), mediante Providencia Administrativo N° 011-13 de fecha 3 de junio de 20123, hasta el día 8 de octubre de 2013, fecha mediante el cual el ciudadano antes mencionado interpone Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial (Cobro de Prestaciones Sociales), contra el mencionado Instituto, solicitando le sean cancelados el pago de sus prestaciones sociales, transcurrió un lapso de tres (3) meses y veintisiete (27) días, que supera el lapso de tres (3) meses según lo establece el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, y de conformidad con el artículo 35 numeral 1 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se declara INADMISIBLE, la querella por haber operado la C.....