DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda que por COBRO DE BOLIVARES POR DAÑOS MATERIALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO fue seguido por MOISES ANTONIO PRIMERA, titular de cédula de identidad N° 4.759.305, contra la sociedad mercantil SEGUROS LA OCCIDENTAL C.A inscrita en el registro de comercio que llevo la secretaria del juzgado primero de primera instancia en lo civil y mercantil de la décima séptima circunscripción judicial del estado Zulia, el 06 de noviembre de 1956 bajo el numero 53 libro 42 tomo 1, en consecuencia
PRIMERO: se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de CATORCE MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS DE BOLIVAR (Bs14.800,00).
SENGUDO: se ordena experticia complementar.....