Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación de auto presentado por la abogada en ejercicio de EDMARY ANDRADE, inscrita en el inpreabogado bajo el No.98.032, actuando con el carácter de defensora privada del ciudadano JOAN HUMBERTO VILLALOBOS, ejercido contra la Decisión Nº 12C-1469-10, de fecha veintiséis (26) de Agosto de 2010, emitida por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, la cual decretó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del ciudadano antes referido, por la presunta comisión del delito Hurto, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se CONFIRMA la decisión recurrida y Mantiene la medida Cautelar Sustitutiva de Libertad decretada en contra, del imputado de autos. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 450 tercer aparte del Código Orgánico Proces.....