DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR "ACCIDENTAL" AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA Y COMPETENCIA EN FALCÓN en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, POR ABANDONO DEL TRÁMITE EN ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL CON SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR, interpuesta por el abogado en ejercicio y de este domicilio NOÉ BRITO SOTO, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano OSWALDO BRITO ECHETO, venezolano, mayor de edad, criador, agricultor y abogado, titular de la cédula de identidad N° 3.509.373, domiciliado en el Municipio Sucre del Estado Zulia, contra el acto administrativo emanado del Instituto Nacional de Tierras, en reunión No 08-03, de fecha tres (03) de abril de 2003, acordó otorgar CARTA AGRARIA a favor de terceros beneficiarios, identificados en actas.
SEGUNDO: Como consecuenc.....