Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, no tiene más que decidir, en consecuencia, DECLARA:
PRIMERO: SE HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO celebrado entre las partes por lo que se le atribuye el carácter de cosa juzgada.-
SEGUNDO: NO SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE hasta que conste en actas el cumplimiento de lo acordado entre las partes, dejando abierta la posibilidad para mejorar lo aquí convenido.-
TERCERO: OFÍCIESE al Gerente de Seguridad Social de la Guardia Nacional Bolivariana; al Presidente de la Caja de Ahorro y Bienestar Social de la Guardia Nacional Bolivariana (CABISOGUARNAC); y al Instituto de Previsión Social de la Fuerza Armada Nacional, Teniente Coronel Norelis Rodríguez (IPSFA), a los fines señalados por las partes, y se designa correo especial a la ciudadana Gicela Nava, ya identificada, p.....