Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano(a): JESUS ANTONIO PETTIT MORENO, Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la cédula de Identidad numero: V- 3.638.512 en su carácter de: PRESIDENTE de la Empresa NUTRICA DE PRODUCTOS LACTEOS - En este estado presente la parte actora con la asistencia dicha expuso: Señalo al tribunal para que sea embargado preventivamente los siguientes conceptos: EL CIEN POR CIENTO (100%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES, FIDEICOMISO que le puedan corresponder al demandado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relacion laboral, como Gerente de la mencionada empresa.- Las cantidades de dinero a retener por conceptos de prestaciones sociales y fideicomiso deberan ser remitidas al JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL N° 02, CON SEDE EN MARACAIBO, en cheque de.....