Este Tribunal Segundo de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA, EN LA JURISDICCIÓN CIVIL, POR SER ÉSTA LA COMPETENTE PARA CONOCER DE LA PRESENTE DEMANDA POR REPARACIÓN E INDEMNIZACIÓN DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS POR EL DELITO, del tercero civilmente responsable, constituido por el Instituto Neoespartano de Policía del Estado, intentada por la ciudadana ANGIE VIHANEPSI BEREAU MESSUTI, con sus apoderados judiciales abogados LUCIA PEÑA QUIJADA, OTTO MARÍN GÓMEZ Y RITAMAY SILVA TORRENS, como consecuencia de aparente sentencia condenatoria firma en contra del funcionario EDGAR ALEXANDER HERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, de conformidad con sentencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, que ordena la nulidad del segunda párrafo del artículo 427 del Código Orgánico Procesal Penal, por violación de los.....