Seguidamente el tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente secuestrado el inmueble ubicado en el sector Tía Juana, Urbanización Campo Verde, avenida 02, casa Nº 05 del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia cuyos linderos son: NORTE: Linda con casa Nº 03; SUR: Linda con casa Nº 06; ESTE: Linda con casa Nº 06 y OESTE: Linda con casa Nº 02. Asi mismo hace entrega del inmueble legalmente secuestrado en este acto, libre de personas y de bienes al ciudadano JAIME CASTELLANO, en su carácter de apoderado judicial de la secuestrataria judicial Empresa PDVSA PETROLEO S.A , designado por el Juzgado de la causa, quien manifestó recibirlo conforme en las condiciones antes mencionadas. Siendo las cinco y veinte de la tarde se dio por terminado el presente acto. Termino se leyó conformes firman.
ABOG. MARIAELVIRA C. REINA HERNANDEZ
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