Por todo ello, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con Sede en Maracaibo y Competencia en el estado Falcón, actuando en sede constitucional y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Su competencia para el conocimiento de la pretensión de amparo incoada por el ciudadano Humberto José Nava, contra el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con ocasión del dispositivo oral dictado en fecha 12 de agosto de 2014.
Segundo: La improcedencia in limine litis de la pretensión deducida.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión proferida.....