DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR: la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos: HEGMAN JOSE GUERRERO VEGA Y RUTH DALIANA VENTURA MONTIEL, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nº V-13.569.383 y V-13.242.348 respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el día veintisiete (27) de Julio de Mil Novecientos Noventa y Seis (1996), por ante la Oficina Parroquial de Registro Coquivacoa del Municipio Maracaibo, del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el Nº 222, del libro 2, marcada con la letra "A.....