DISPOSITIVO:
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por ENFERMEDAD OCUPACIONAL, sigue el ciudadano CARLOS DARIO HINESTROZA MENDEZ, contra la Sociedad Mercantil CEMENTACIONES PETROLERAS VENEZOLANAS, S.A.
SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada Sociedad Mercantil CEMENTACIONES PETROLERAS VENEZOLANAS, S.A, a cancelar al demandante CARLOS DARIO HINESTROZA MENDEZ, la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,oo), por el concepto indicado en la parte motiva del presente fallo.
TERCERO: SE ORDENA el pago de los intereses de mora que se han generados por la condenatoria del daño moral, únicamente en caso de incumplimiento voluntario, éstos serán calculados mediante experticia complementaria del fallo, desde.....