DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Tercero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ANGEL GUILLERMO MENDEZ GARCIA y MARTHA ELENA MARCANO, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 11.738.050 y 12.221.341 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 26 de diciembre de 2005 ante la Prefectura Civil del Municipio García del Estado Nueva Esparta.
Las partes no señalaron la existencia de bienes que repartir.
No hay condenatoria en costas.
Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sellada en el Despacho de.....