Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, ALEJANDRINA DEL CARMEN SANCHEZ, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.725.328, domiciliada en la calle Nro. 2, casa s/n, Sector Hermilo Ocando, Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia y el ciudadano LUIS ALBERTO SALAZAR, venezolano, soltero, Funcionario Policial, titular de la cédula de Identidad Nº V- 14.244.903, domiciliado en la calle Piar, casa Nro. 40, Sector Encontrados, Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, a favor de su hija: (IDENTIDAD OMITI.....