PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda interpuesta por el ciudadano ANGEL ENRIQUE OSORIO, en contra de la ciudadana CANDELARIA BAYONA, por motivo de Prestaciones Sociales.
SEGUNDO: Se ordena a la ciudadana CANDELARIA BAYONA el pago de la cantidad de CATORCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE BOLIVARES CON OCHENTA CÉNTIMOS (Bs. 14.487,80), a favor del ciudadano ANGEL OSORIO ambos plenamente identificados en actas.
TERCERO: SE ORDENA la materialización de una experticia complementaria del fallo a efectuarse por un único experto contable, designado por el Tribunal de Ejecución, quien deberá realizar el cómputo de los días efectivamente laborados por los accionantes, para lo cual, la demandada deberá proveer el libro de control de asistencia del personal; en caso contrario se deducirá por días calendario, y deberá determinar los días hábiles laborables, excluyendo los establecidos en el artículo 212 de la Ley Orgánica del Trabajo y los días sábados, así como los correspondientes a las va.....