En virtud de lo antes expuesto, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Articulo 185-A del Código Civil, presentada por los Ciudadanos HERMES SABAS REYES RODRIGUEZ y XIOMARA CHIQUINQUIRA GONZALEZ CASTRO, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 10.085.069 y 7.665.892, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio Cabimas del Estado Zulia
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha diecinueve (19) de Abril de dos mil dos (2.002), por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Germán Ríos Linares del Municipio Cabimas del Estado Zulia, inserta bajo el N° 41 de los libros respectivos.
Se deja expresa constancia que los solicitantes, ya ide.....