DECRETAR LA CULPABILIDAD Y RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE: (NOMBRE OMITIDO. ART. 545 LOPNNA), de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo del Estado Zulia, de 17 años de edad, fecha de nacimiento 20-09-91, titular de la cedula de identidad No. 20.439.454, de oficio Estudiante Graduado de Bachiller, hijo de Yubiris Morales y de Ángel Álvarez, residenciado en el Barrio San Sebastián, avenida 51, Numero de la casa 126C-1-23, cerca del Centro Clínico El Pinar, Sector Pomona, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, comprobada la culpabilidad y responsabilidad penal de los Adolescentes arriba identificados, en la comisión del delito COAUTOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto en los artículos 455, 458 en concordancia con el artículo 83 todos del Código Penal y sancionados en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Sobre la base de las pautas para determinar la sanción, de conformidad con el Artículo 622 de la Ley Orgánica Para la Protección del N.....