UNICO: Con los recaudos acompañados y la boleta anexa, han quedado comprobado los errores señalados, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figuren en el ACTA DE DEFUNCION de la ciudadana MARIA LIBRADA ORTIZ SUAREZ, los nombres correctos de sus hijos como: 1) MARIA ANGELINA; 2) JUANA YADIRA; 3) NAYILDE COROMOTO; 4) EDELSON AMPARO y 5) YADIN TAIDY.- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en el ACTA DE DEFUNCION, inserta bajo el N° 621, folio 311 fte., año 2002. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídanse copias certificadas.